Normativa · Cantabria

La cédula de habitabilidad ya no existe en Cantabria

Se suprimió en noviembre de 2024. Si estás rehabilitando o cambiando el uso de un inmueble, esto es lo que cambió y quién certifica ahora que la vivienda cumple.

Qué se aprobó y desde cuándo

El Consejo de Gobierno de Cantabria aprobó el 14 de noviembre de 2024 el decreto que regula el programa mínimo, las dimensiones y la iluminación natural de las viviendas. Se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria del 18 de noviembre de 2024 y desde esa fecha quedó suprimido el trámite de solicitud y concesión de la cédula de habitabilidad.

Los expedientes que estaban pendientes de resolver se archivaron automáticamente.

Aprobación
14 de noviembre de 2024
Publicación
BOC de 18 de noviembre de 2024
Obra nueva
30 m² útiles mínimos
Rehabilitación
28 m² · vivienda-estudio 25 m²
Certifica
El técnico que redacta el proyecto

Por qué se eliminó

La cédula venía del decreto de 1991 y se había quedado obsoleta: generaba un doble control —uno al redactar el proyecto y otro al terminar la obra— con una espera media de seis meses. La Dirección General de Vivienda tramitaba unas cuatro mil al año. Y no legalizaba urbanísticamente nada: solo acreditaba requisitos técnicos.

Quién certifica ahora

Este es el cambio que más importa en la práctica: ahora son los redactores del proyecto —los técnicos habilitados— quienes certifican que se cumplen los parámetros del decreto. El ayuntamiento sigue verificando las condiciones de habitabilidad cuando concede la licencia de obra, la de primera ocupación o la que corresponda.

Dicho de otro modo: desaparece una ventanilla, pero no la exigencia. La responsabilidad se traslada al técnico que firma.

Vivienda en Ojedo. El decreto fija programa mínimo, dimensiones e iluminación natural; quien firma el proyecto certifica que se cumplen.
Vivienda en Ojedo. El decreto fija programa mínimo, dimensiones e iluminación natural; quien firma el proyecto certifica que se cumplen.

Dos niveles: obra nueva y rehabilitación

El decreto distingue por primera vez entre vivienda de nueva construcción y vivienda procedente de rehabilitación, cambio de uso u obras de intervención. Para lo segundo el marco es más flexible, con el objetivo declarado de frenar la degradación de los cascos antiguos y del medio rural. En Liébana, eso es exactamente el parque de casas del que hablamos.

Superficies mínimas

En vivienda de obra nueva, la superficie útil mínima es de 30 m², con un programa que incluya como mínimo una pieza para estar, comer y cocinar, un baño con bañera o ducha, inodoro y lavabo, y un dormitorio doble o dos individuales.

En vivienda procedente de rehabilitación o cambio de uso, el mínimo baja a 28 m², y a 25 m² en el caso de la llamada vivienda-estudio.

Qué significa esto si vas a rehabilitar en Liébana

Que el camino administrativo es más corto, pero que el proyecto tiene que estar mejor hecho: lo que antes revisaba la administración ahora lo certifica quien firma. Y que un inmueble que antes no daba las medidas para ser vivienda puede que ahora sí las dé, si viene de rehabilitación o de cambio de uso.

Si estás mirando una casa concreta, lo que toca es ver si encaja. Eso no se resuelve leyendo el decreto: se resuelve mirando la casa.

Fuente

Comunicado oficial del Gobierno de Cantabria de 14 de noviembre de 2024 y publicación en el Boletín Oficial de Cantabria de 18 de noviembre de 2024. Esta página resume la normativa a fecha de hoy y no sustituye al texto del decreto ni al criterio del ayuntamiento correspondiente.

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