Normativa · Cantabria
La cédula de habitabilidad ya no existe en Cantabria
Se suprimió en noviembre de 2024. Si estás rehabilitando o cambiando el uso de un inmueble, esto es lo que cambió y quién certifica ahora que la vivienda cumple.
Qué se aprobó y desde cuándo
El Consejo de Gobierno de Cantabria aprobó el 14 de noviembre de 2024 el decreto que regula el programa mínimo, las dimensiones y la iluminación natural de las viviendas. Se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria del 18 de noviembre de 2024 y desde esa fecha quedó suprimido el trámite de solicitud y concesión de la cédula de habitabilidad.
Los expedientes que estaban pendientes de resolver se archivaron automáticamente.
- Aprobación
- 14 de noviembre de 2024
- Publicación
- BOC de 18 de noviembre de 2024
- Obra nueva
- 30 m² útiles mínimos
- Rehabilitación
- 28 m² · vivienda-estudio 25 m²
- Certifica
- El técnico que redacta el proyecto
Por qué se eliminó
La cédula venía del decreto de 1991 y se había quedado obsoleta: generaba un doble control —uno al redactar el proyecto y otro al terminar la obra— con una espera media de seis meses. La Dirección General de Vivienda tramitaba unas cuatro mil al año. Y no legalizaba urbanísticamente nada: solo acreditaba requisitos técnicos.
Quién certifica ahora
Este es el cambio que más importa en la práctica: ahora son los redactores del proyecto —los técnicos habilitados— quienes certifican que se cumplen los parámetros del decreto. El ayuntamiento sigue verificando las condiciones de habitabilidad cuando concede la licencia de obra, la de primera ocupación o la que corresponda.
Dicho de otro modo: desaparece una ventanilla, pero no la exigencia. La responsabilidad se traslada al técnico que firma.

Dos niveles: obra nueva y rehabilitación
El decreto distingue por primera vez entre vivienda de nueva construcción y vivienda procedente de rehabilitación, cambio de uso u obras de intervención. Para lo segundo el marco es más flexible, con el objetivo declarado de frenar la degradación de los cascos antiguos y del medio rural. En Liébana, eso es exactamente el parque de casas del que hablamos.
Superficies mínimas
En vivienda de obra nueva, la superficie útil mínima es de 30 m², con un programa que incluya como mínimo una pieza para estar, comer y cocinar, un baño con bañera o ducha, inodoro y lavabo, y un dormitorio doble o dos individuales.
En vivienda procedente de rehabilitación o cambio de uso, el mínimo baja a 28 m², y a 25 m² en el caso de la llamada vivienda-estudio.
Qué significa esto si vas a rehabilitar en Liébana
Que el camino administrativo es más corto, pero que el proyecto tiene que estar mejor hecho: lo que antes revisaba la administración ahora lo certifica quien firma. Y que un inmueble que antes no daba las medidas para ser vivienda puede que ahora sí las dé, si viene de rehabilitación o de cambio de uso.
Si estás mirando una casa concreta, lo que toca es ver si encaja. Eso no se resuelve leyendo el decreto: se resuelve mirando la casa.
Fuente
Comunicado oficial del Gobierno de Cantabria de 14 de noviembre de 2024 y publicación en el Boletín Oficial de Cantabria de 18 de noviembre de 2024. Esta página resume la normativa a fecha de hoy y no sustituye al texto del decreto ni al criterio del ayuntamiento correspondiente.
¿Dudas con tu caso concreto?
Lo más rápido es una llamada: en diez minutos por teléfono se aclara mucho más que en un correo largo. Cuéntame qué casa es, dónde está y qué tienes pensado hacer.